domingo, 28 de junio de 2015

DOCUMENTO ;COLON CORSARIO FRANCIA (1475-1476-1477).

                                  30 de enero de 1478 , Sevilla


     Carta de marca y represalía a favor de Juan lópez de la Riaza,vecino de Gueteria,cuya nave fué tomada y saqueada por los bretones de Bristol y entregada mas tarde a "Colón,capitán del Rey de Francia",del que hubo de rescatarse el dicho. 

      Don Fernando y doña Ysabel al nuestro almirante mayor de la mar e al nuestro justiçia mayor etc., salud e gracia.

        Sepades que Juan Lopes de Larriaga vecino de la villa de Guetaria nos fiso relaçion por su petiçion que ante nos en el nuestro Consejo presento disiendo que puede aver un año poco mas o menos que aviendo el ydo con un navio suyo en nuestro servicio en compañia de Juan de Granada e de otras naos por mandado del conde de Salinas nuestro capitan de la nuestra provincia de Guipuscoa, 

estando con una su nao e otras tres naos con el dentro del puerto de Bristol que es en el ducado de Bretaña surtos e en se coco (?) con seguro del capitan de la dicha villa de Bristol,los bretones asy de la dicha villa como de sus comarcas, tomaron la dicha su nao e otras tres que con el llevava e les robaron quanto tenian, 

e que despues sobrevino Colon capitan del rey de Frangía e que los dichos bretones le dieron la dicha su nao e a el e a otras cinco de su compañia, el qual dicho Colon dise que lo tovo trese meses preso e que despues lo rescato en mucha contia de maravedís,e que asy en la toma de la dicha nao e en el rescate de su persona gasto grandes contias de mrs. 

     E que estando yo el rey en Vitoria el e los otros maestres de las dichas naos que fueron tomadas se querellaron dello ante mi, e yo le mande dar mi carta requisitoria para el duque de Bretaña nuestro primo, e que ellos le llevaron e dieron la dicha mi carta e que dicho duque nin les quiso dar respuesta nin les fue administrada justigia, e que les fue dicho que si ende mas esperavan que los mandaría matar, e que de miedo ellos se ovieron de venir syn respuesta e syn cobrar cosa alguna de lo suyo.

      E que allende de la toma de la dicha nao e de su rescate le ha venido por esta causa grandes daños e  perdidas, las quales dis que de justiçia deve de aver e cobrar de los bienes de los bretones.

      E nos suplico e pidio por merged que porquel fuese entregado de todo lo sobre dicho le mandasemos dar nuestra carta de marca e represaría contra los dichos bretones e que sobre ello le proveyesemos de remedio con justiçia o como la nuestra merged fuese.

     Sobre lo qual mandamos dar nuestras cartas de regebtoria para que los alcaldes e otras justiçias de la villa de Sanlucar reçibiesen los dichos e depusiçiones de quantas personas que se fallaron en el dicho ducado de Bretaña e que çerrado e sellado lo enbiasen ante nos para que lo mandasemos ver en el nuestro Consejo e faser sobre ello lo que fuese justiçia. 

     E por los dichos alcaldes fueron reçebidos los dichos de çiertos testigos que por parte del dicho Juan Lopes fueron presentados, e çerrados e sellados en manera que fizieron e fueron enbiados ante nos e vistos en el dicho nuestro Consejo, por ellos paresçio 

como  la dicha nao fue tomada por los dichos bretones al dicho Juan Lopes e quel e ella fue entregada al dicho Colon, el qua agora los tiene, e quel dicho Colon rescato al dicho Juan Lopes, e que despues torno con nuestras cartas requisitorias al dicho duque de Bretaña e que como alla non le quisyeron responder nin e faser conplimiento de justiçia e que le amonestaron que sy alla estava que lo matarían. 

      E queriendo proveer en ello justamente  de manera que nuestros vasallos no resçibiesen daño, fue acordado que nos deviamos mandar dar esta carta de marca e represaría en la dicha rason  e nos tovimoslo por bien. 

      Por que vos mandamos a todos e a cada uno de vos en vuestros lugares e jurediçiones que luego que con esta carta fueredes requeridos ayaes vuestra enformaçion del valor de la dicha  nao e de todo lo que en ella fue tomado y asi mismo de lo que al dicho Juan Lopes costo el dicho rescate e de las costas e daños e menoscabo que sobre esta cabsa ha fecho e doquier e en qualquier logar,asy por mar como por como por tierra que fallaredes qualesquier personas, navios e fustas e bienes 

e mercaderías de qualesquier personas subditos e naturales del dicho duque de Bretaña e de toda su tierra los tomedes e enbarguedes e las dichas carracas, galeras, naves, caravelas e fustas, barcos, bienes e mercaderias de qualesquier personas subditos e naturales del dicho duque de Bretaña e de toda su tierra los tomedes e embarguedes e lo vendades e rematedes en almoneda publica fasta en contia en que fue ante vos las dichas justiçias averiguado del valor de la dicha nao con el dicho rescate e cosas sobre este caso fechas e por el dicho Juan Lopes e de aqui adelante fisiere en prosecuçion de lo sobre dicho,e del valor dellos le entreguedes  e fagades pago a quien su poder oviere de todo lo que dicho es,de manera quel dicho Juan Lopes sea sastifecho e pagado de todo o que le asy fue tomado e rescatado con las mas dichas costas e daños,etc.

                 Dada en la muy noble e muy leal çibdad de Sevilla a treynta dias del mes de enero año del nasçimiento de nuestro señor Ihesuchristo de mille quatroçientos e setenta e ocho años.Yo el rey,yo la reina.Yo Gaspar de Ariño ,etc.                                                 


                                                                         fuente   :  

        Luis Suarez Fernandez (1965) :"Política Internacional de Isabel la Católica" (vol. 1)


                          ((Los documentos digitales se encuentran en PARES))
                                   (ES.47161.AGS/2.2.12//RGS,LEG,147801,139 )

                                                      OBSERVACIONES

       La interpretación de los sucesos acontecidos, en el contexto de la época , según  opinión de  Antonio Pedro de Sottomayor , sería así:  

          Los ataques de los bretones , la ida para Bristol , la entrega de la nao y de Juan Gomes a Colón , la consecuente prisión de 13 meses de Juan Gomes a manos de Colón,y el rescate posterior , todo esto aconteció poco más o menos desde Enero de 1477 para atrás, o sea desde finales de 1475.

          Entre enero de 1477 y enero de 1478 ocurrieron los restantes acontecimientos: la queja al rey en Vitoria, la carta del rey al Duque de Bretaña, la ida de los mestres de las naos del Duque de Bretaña , y el retorno por miedo de la amenaza del Duque de Bretaña.

        El dia 30 de Enero de 1478 (fecha del documento) Juan Gomes hace esta nueva queja al Rey refiriendo todos los acontencimientos anteriores . El rey manda emitir Carta de Marca y Represalia (Carta de Corso),avisando al alcalde del Puerto de San Lucar (San Lúcar de Barrameda,señorio de los de Medina Sidonia) para apresar bienes de navios bretones que se encuentren en ese puerto, como consecuencia de lo probado por Juan Gomes y  testimonio.

2 comentarios:

  1. Puede ser Bartolomé Colon, el dicho Capitán del Rey de Francia...

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    1. Hola ..por lo que tengo indagado,se referiria a Cristobal Colon

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